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martes, 15 de julio de 2014

¿QUÉ ES EL CAP?

¿Qué es el CAP?
 El CAP son las siglas del Certificado de Aptitud Profesional exigido actualmente para profesionales del transporte de mercancías y de viajeros.
 Este certificado se puede obtener en una primera modalidad inicial al obtener el permiso de conducir, o bien el de mercancías, es decir C1, C, etc. o al obtener el de viajeros, D1, D, etc.
 Esta modalidad inicial podrá realizarse en una modalidad ordinaria con una duración de 280 horas o con una acelerada de 140 horas. Estas modalidades implican que se obtendrá el permiso correspondiente según lo que se necesite o bien viajeros o bien mercancías. Una vez que se realiza ese curso inicial se deberá de superar un examen para poder conseguir la tarjeta de cualificación del conductor.
 Otra forma de obtenerlo es para aquellos que ya tenían el permiso de conducir, C1,C o D1, D es realizar un curso de 35 horas llamado Fomación Continua en el cuál se imparten temas comunes para las dos modalidades, es decir viajeros y mercancías.
 Este curso lo podrán realizar por primera vez antes de ciertas fechas del año dependiendo de la terminación del D.N.I.
Aparte de la duración ser mucha más corta en esta modalidad no es exigible un examen, sino que la certificación del centro y previo pago de la tasa correspondiente se obtiene la tarjeta de cualificación del conductor.
 Esta certificación se debe de renovar cada 5 años para poder seguir teniendo esta tarjeta que nos permitirá trabajar en el transporte de viajeros o de mercancías.En este caso se realizará un curso de formación continua para poder renovar la tarjeta.
 Estos cursos nos sirven de reciclaje de conocimientos de estos profesionales tan importantes para la mobilidad de viajeros y de mercancías. En ellos se imparten técnicas de conducción económica y eficiente, seguridad vial, actualización de normas y señales, primeros auxilios y normas relacionadas con el transporte que cotidianamente van a realizar en su trabajo habitual.
 Toda la normativa relacionada con el CAP viene reflejada en el R.D. 1032/2007 del 20 de Julio de 2007.

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